El poder constituyente
Al presente, el propósito de los convencionales constituyentes es reemplazar la Constitución Política de Chile promulgada en 1980 durante la dictadura militar. Para ejercer este cambio se convocó a elecciones que dieron con los convencionales escogidos para la tarea.
Según la jerga jurídica, el poder constituyente lo tienen los ciudadanos. Entonces, el ejercicio de una asamblea constituyente es determinar que el poder vuelva a los ciudadanos, sean estos independientes, partidos políticos, de los pueblos originarios, etc., mediante la construcción del nuevo pacto social, del nuevo contrato, de la nueva forma de Estado.
Por lo tanto, los constituyentes son representantes elegidos directamente por el pueblo soberano para elaborar, sancionar y organizar la constitución o ley fundamental u organización política. Como lo estableció Rousseau en el contrato social, se debe ceder parte de nuestro consentimiento para crear la voluntad general y fijar las nuevas reglas del juego. Y allí radica la importancia de los 155 miembros, así como también la responsabilidad que esta representación conlleva.
Es por esta razón, que los elegidos como nuestros representantes constituyentes deben aceptar el compromiso de mantenerse abiertos al diálogo en todos los temas para poder llegar a los acuerdos. Aunque este diálogo debe concretarse dentro del plazo estipulado, con procedimientos y límites claro. Nunca extender la convención a una discusión interminable.
Se precisa buscar avenencias y para que estas colaboraciones triunfen, se tiene que establecer una conversación franca y flexible. No pueden haber constituyentes desiguales tratando de imponer cada uno su posición y dejar de negociar lo que es más importante para los semejantes. En otras palabras, cada constituyente debe ceder por un bien común con el fin de obtener el mejor de los acuerdos.
Además, para mantener el enlace primordial con el poder soberano, la ciudadanía, se debe ir mostrando periódicamente los avances, las ideas y los acuerdos concretos.
Por otro lado, los valores de la nueva constitución deben estar amparados en principios y valores que pueden ser diversos y a la vez fundamentales, cada uno de acuerdo a la crianza, a las ideas políticas, a los criterios particulares que tienen cada representante. Pero sin duda, algunos de estos valores fundamentales, primordiales a mi juicio, fueron pauteados en las protestas de octubre: la dignidad, la democracia, los derechos y la integración.
Finalmente, a pesar de que un Estado tiene que ser democrático debe dar participación y escuchar a todos los ciudadanos, reconocer principios que quizás no estén. Ahí entramos a lo que son los derechos, generar nuevas imparcialidades, obligaciones, un nuevo ciudadano, diferentes status, resolver nuevos problemas. Esos derechos tienen que enfocar a la dignidad de las personas, buscar el bien común, hacer el contrato social el justo medio, la voluntad general, el acuerdo primordial para que una sociedad tengan principios y cimientos democráticos profundos y coherentes, tal como establecían Rousseau y otros teóricos.
Entre tanto, quiero incluir el concepto de integración dentro de los requisitos para esta nueva carta, puesto que integración es incluir a todos como sociedad. Reconocernos entre nosotros, agregar a las personas en situación de calle, a los que menos tienen, a los sin voz tanto como a los ya representados. Pero también, restituir la vida política como propiamente corresponde, puesto que la ciudadanía entiende y cree que la vida política es un conjunto de personas que zanganean al Estado, sin reconocerle el valor de servicio público que tiene, dado a que los políticos han cometido errores, así como la concurrencia los ha dejado ser libres, sin ningún control. Entonces, tenemos que recuperar e integrar todos esos valores dentro de esta nueva constitución para que este proceso sea eficiente, coherente y origine buenos resultados.
Nelson Leiva Lerzundi
Cientista Político
No hay comentarios:
Publicar un comentario